Conducir con alcohol en Ecuador: límites, multas, cárcel y puntos según el COIP
Manejar con alcohol en Ecuador es una infracción penal desde 0,3 gramos por litro de sangre, y la sanción sube por tramos. Aquí están los tres, con la multa de 2026 ya en dólares, los días de cárcel y lo que pasa con tu licencia y tu carro.
Actualizado el 30 de septiembre de 2026 · Publicado por SimularEC · Cómo trabajamos
En Ecuador, manejar después de tomar tiene un número exacto en la ley: 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre. Desde ahí ya no hablamos de una multa de tránsito más. El artículo 385 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) lo sanciona con multa, días de privación de libertad, pérdida de puntos y el carro retenido. El código lo ubica en la sección de contravenciones de tránsito, pero es una infracción penal y puede terminar en privación de libertad.
Esta guía trae los tres tramos tal como los fija la ley, con la multa convertida a dólares de 2026, y lo que pasa en el control.
Los tres tramos del artículo 385
La sanción depende de cuánto alcohol tengas en la sangre. La multa está escrita en salarios básicos unificados (SBU), que para 2026 quedó en 482 dólares. Hecha la multiplicación:
| Alcohol en la sangre | Multa | En dólares (2026) | Licencia | Privación de libertad |
|---|---|---|---|---|
| De 0,3 a 0,8 g/l | 1 SBU | 482 USD | Pierdes 5 puntos | 5 días |
| Más de 0,8 hasta 1,2 g/l | 2 SBU | 964 USD | Pierdes 10 puntos | 15 días |
| Más de 1,2 g/l | 3 SBU | 1.446 USD | Suspensión por 60 días | 30 días |
En los tres casos el vehículo se aprehende por 24 horas como medida preventiva.
Fíjate en el tercer tramo. La ley ya no habla de puntos: te suspende la licencia por sesenta días. Son dos meses sin poder manejar, además del mes de privación de libertad.
Como la multa está atada al salario básico, sube sola cada vez que sube el SBU. Los valores de la tabla valen para 2026. Si lees esto en otro año, multiplica por el salario vigente.
Si manejas bus, taxi, camión o carro de carga
Para quien conduce transporte público liviano o pesado, comercial o de carga, el límite es mucho más bajo: 0,1 gramos por litro de sangre. Para drogas la tolerancia es cero.
Si pasas de ese límite, la sanción es pérdida de 30 puntos y 90 días de privación de libertad. Treinta puntos son toda la licencia (así arranca cualquiera, lo explica la guía de puntos), así que para un conductor profesional una sola noche puede costarle el trabajo. El carro también queda aprehendido 24 horas.
El límite es más estricto porque quien lleva pasajeros o carga responde por más vidas que la suya.
Cuánto es 0,3 gramos: no hay una tabla de copas
La ley mide gramos de alcohol por litro de sangre. No dice cuántas cervezas, copas de vino o tragos equivalen a eso, y no existe una equivalencia oficial que puedas usar para calcular.
Lo que sí cambia de persona a persona es cómo el cuerpo absorbe y elimina el alcohol: peso, comida, cansancio, tipo de bebida, tiempo transcurrido. Dos personas que tomaron lo mismo pueden marcar distinto. Por eso la única regla segura es la obvia: si tomaste, no manejes. Pide un taxi, deja el carro, o que maneje alguien que no tomó nada.
Qué pasa en el control
El artículo 464 del COIP explica cómo se hace la prueba:
- Si el agente de tránsito ve señales de que tomaste, te hace la prueba de alcohotest con un aparato de medición que debe portar.
- Si no se puede hacer ahí, te lleva a una institución acreditada para los exámenes, dentro de las 24 horas siguientes.
- Si estás herido o no puedes hacer la prueba por tu estado físico, te trasladan a un establecimiento de salud acreditado y te la hacen allí.
- También valen las pruebas psicosomáticas de campo que el agente grabe en audio o video.
Si te niegas a soplar
Este es el error más caro. El numeral 5 del mismo artículo dice que, si el conductor se niega a los exámenes, se presume que está en el máximo grado de embriaguez. El propio código remite ese artículo al 385, cuyo grado más alto es el tercer tramo: 3 SBU, licencia suspendida 60 días y 30 días de privación de libertad.
Negarte no te protege. Te pone en el peor escenario posible.
Si además hay un choque
El artículo 385 castiga manejar con alcohol aunque no pase nada. Si además causas un accidente, entran los delitos culposos de tránsito del COIP, mucho más duros:
- Con heridos (art. 379): corren las penas máximas del delito de lesiones, aumentadas en un tercio, y la licencia se suspende por la mitad del tiempo de la pena.
- Con muertos (art. 376): de diez a doce años de privación de libertad y revocatoria definitiva de la licencia. En transporte público, el dueño del vehículo y la operadora responden además por los daños civiles.
Las cifras anuales de siniestros por provincia, tomadas del anuario de la ANT, están en siniestros de tránsito.
Con drogas la regla es otra
Para sustancias estupefacientes o psicotrópicas no hay tramos. El artículo 384 sanciona a cualquier conductor bajo sus efectos con pérdida de 15 puntos, 30 días de privación de libertad y el vehículo aprehendido 24 horas.
Cuatro situaciones concretas
Marcas 0,5 g/l en un control un sábado. Estás en el primer tramo: 482 dólares de multa, 5 puntos menos, 5 días de privación de libertad y el carro retenido un día. Si tenías 30 puntos, te quedan 25.
Marcas 1,0 g/l. Segundo tramo: 964 dólares, 10 puntos menos, 15 días. Si ya venías con infracciones, puedes quedar muy cerca de cero. La guía de puntos explica qué pasa cuando llegas ahí.
Manejas un taxi y marcas 0,2 g/l. Para un conductor particular esa cifra no llega al primer tramo. Para ti ya pasa el límite de 0,1: pierdes los 30 puntos y enfrentas 90 días de privación de libertad.
Te niegas a la prueba. Se presume el máximo grado de embriaguez, que en la escala del artículo 385 es el tercer tramo.
Lo que la gente suele creer
“Si pago la multa, se acaba el problema.” La multa es una de varias sanciones. Los días de privación de libertad, los puntos y la suspensión van aparte. Pagar no devuelve puntos.
“Me siento bien, así que puedo manejar.” La ley no pregunta cómo te sientes. Mide gramos por litro de sangre.
“Tomé hace un par de horas, ya se me pasó.” El alcohol tarda en eliminarse y no hay una hora oficial que te deje en cero. Si tienes dudas, no manejes.
“Con la calculadora de multas saco el valor.” La calculadora de multas cubre las contravenciones de la tabla general y no incluye el artículo 385. Para esta infracción, usa la tabla de arriba. La tabla de multas 2026 explica cómo se calculan las demás.
Si ya te detuvieron en un control
- Pide un abogado. El artículo 452 del COIP dice que la defensa está a cargo de un abogado de tu elección, y que tienes derecho a que te asignen un defensor público si no tienes uno. Hay privación de libertad de por medio: no lo enfrentes solo.
- Guarda todo por escrito. La boleta, el resultado de la prueba, la hora y el lugar. Sin papeles es difícil revisar después si algo se hizo mal.
- Recupera el carro cuando corresponda. La aprehensión preventiva dura 24 horas. Pregunta al agente o en la dependencia de tránsito dónde queda el vehículo y qué te van a pedir.
- Revisa tus puntos. Una vez registrada la sanción, consulta cuántos te quedan en la consulta de puntos. Para las multas pendientes está la consulta de multas. Ninguna de las dos guarda tu cédula.
- Si bajaste mucho de puntos, mira cuándo puedes tomar el curso de recuperación de puntos y cuánto devuelve.
Fuentes y límites de esta guía
Todo lo de esta guía viene del texto consolidado del COIP, con última modificación del 4 de abril de 2024: artículos 376, 379, 384 y 385 (páginas 121 a 123 del PDF), 452 (página 143) y 464 (página 147). Los montos en dólares resultan de multiplicar cada multa por el SBU vigente en 2026 (482 dólares).
Las leyes penales se reforman. Todavía está pendiente confirmar en el Registro Oficial que ninguna reforma posterior al 4 de abril de 2024 cambió el artículo 385. Si vas a enfrentar un proceso, pide a tu abogado el texto vigente del día de la infracción. Esta guía te sirve para entender el sistema, y no reemplaza asesoría legal.
El alcohol y la conducción también salen en el examen teórico de la ANT. Si te toca rendirlo, practica esas preguntas en el simulador.
Fuentes
- Código Orgánico Integral Penal (COIP), texto consolidado con última modificación del 04-04-2024, publicado en la transparencia del Cuerpo de Bomberos de Quito: arts. 376 y 379 (pp. 121-122), 384 y 385 (p. 123, sección tercera "Contravenciones de tránsito"), 452 (p. 143) y 464 (p. 147)
- Acuerdo Ministerial MDT-2025-195 — SBU 2026 fijado en USD 482