Te retuvieron el carro: cómo sacarlo del patio en Quito, Guayaquil y en vías de la CTE
El trámite depende de dos cosas: quién se llevó el vehículo y por qué. Si fue por una infracción del COIP necesitas orden de un juez o fiscal; si fue por una ordenanza municipal, basta con pagar la sanción. Y cada día en el patio suma entre 1 y 15 dólares.
Actualizado el 30 de septiembre de 2026 · Publicado por SimularEC · Cómo trabajamos
Si la grúa se llevó tu carro o tu moto, lo que necesitas saber es dónde quedó, cuánto vas a pagar y qué papeles te van a pedir. Aquí está el trámite para Quito, para las vías que controla la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) y, hasta donde las fuentes permiten confirmarlo, para Guayaquil.
Muévete rápido. El garaje se cobra por día y, pasado un año, el vehículo puede terminar en remate.
Antes de nada: quién lo retuvo y por qué
Dos datos deciden el trámite, y los dos están en la boleta, el parte o el acta que te dejaron.
La entidad. En Quito retiene la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT). En Guayaquil, la empresa municipal de tránsito (ATM). En las vías a cargo de la CTE, la propia Comisión: su ficha oficial enumera 24 direcciones en la provincia del Guayas, entre centros de retención y puntos de recaudación. Si no tienes claro qué entidad te citó, revisa qué institución controla cada vía.
La causa. Es lo que más cambia el camino:
- Infracción del COIP (Código Orgánico Integral Penal): el vehículo solo sale con una orden de un juez o fiscal que autorice devolverlo.
- Infracción de una ordenanza municipal, por ejemplo el uso indebido del espacio público en Quito: no interviene ningún juez. Pagas la sanción administrativa y lo retiras.
Qué infracciones del COIP mandan el vehículo al patio
El código fija una regla distinta para cada situación:
| Situación | Regla del COIP |
|---|---|
| Manejar borracho o drogado | Aprehensión preventiva del vehículo durante 24 horas (arts. 384 y 385) |
| Llantas lisas o en mal estado | Retención hasta que se supere la causa (art. 383) |
| Manejar sin haber sacado nunca licencia | Devolución al pagar la multa, de la que también responde el dueño (art. 386) |
| Llevar pasajeros o carga sin título habilitante, tener licencia de otra categoría o hacer piques | Retención de siete días como mínimo (art. 386) |
| Dejar el carro en sitio prohibido o en un puesto para personas con discapacidad, sin conductor | Traslado a un centro de retención (art. 391) |
| Choque con heridos o muertos | Queda en el patio hasta el reconocimiento pericial, que se hace dentro de las 72 horas desde que el fiscal recibe el parte (art. 460) |
Quito: qué pide la AMT
La ficha de la AMT en gob.ec trata por separado las dos causas.
Retención por el COIP. Tienes que presentar:
- Cédula, pasaporte, carné de refugiado o credencial diplomática. Si el vehículo es de una empresa, el nombramiento del representante legal y el RUC.
- La especie de matrícula.
- La orden de libertad del automotor, emitida por el juez o el fiscal.
- La matrícula al día con el SRI.
- Ninguna multa pendiente, ni de la ANT ni de la AMT.
- El comprobante de pago del garaje.
- El pago de la grúa particular, si te la cobraron por separado.
Retención por ordenanza metropolitana. Basta con la identificación, la especie de matrícula, el pago de la grúa cuando corresponda y el comprobante de la sanción administrativa pagada en un banco autorizado.
Hay situaciones que la ficha resuelve aparte y que suelen frenar la entrega:
- Se te perdió la matrícula: llevas el Certificado Único Vehicular.
- Compraste el carro y sigue a nombre del vendedor: contrato de compraventa notariado, original y copia. El trámite que te falta está explicado en cómo hacer el traspaso.
- Retiras por otra persona: poder notariado, general o especial.
- El dueño murió: posesión efectiva legalizada.
El trámite en el centro de retención
- Paga antes de ir. Si fue por el COIP: grúa, multas, matrícula y garaje. Si fue por ordenanza: la sanción administrativa.
- Ve al centro donde está el vehículo y confirma allí la causa de la retención.
- Presenta los documentos.
- Revisa el vehículo junto con el operador y el guardia del centro.
- Firma el «Formulario de Ingreso - Liberación» y retíralo.
La AMT solo entrega el vehículo al dueño o a su apoderado, y quien lo retira sale manejándolo. Si el carro no puede moverse por sí solo, el centro permite que entre una grúa a llevárselo.
Horarios: llama antes de salir
La última actualización de la ficha en gob.ec es del 2 de septiembre de 2024. Con esos datos, las liberaciones por el COIP se atienden entre lunes y viernes, de 08:00 a 16:30. Las de ordenanza se hacen en cuatro centros (Bicentenario 1, La Y, Rumichaca y Cumandá), entre semana hasta las 22:00 y los sábados de 08:00 a 13:00.
Esos horarios no son fijos. En enero y febrero de 2026 la AMT extendió temporalmente la atención a 08:00-20:00 entre semana y 08:00-16:30 los sábados. Para no perder el viaje, llama al 1800 268 268 o entra a amt.gob.ec.
El Concejo Metropolitano aprobó en diciembre de 2024 una ordenanza para que el Pico y Placa deje de ser causa de retención y se sancione solo con multa. Qué días rige, en qué horario y quién está exento lo explicamos en la guía sobre la restricción en Quito, y para ver al instante si hoy puedes circular, usa el buscador por dígito de placa.
Vías de la CTE
La Comisión tiene una ficha para cada causa:
- Orden judicial: copia del parte policial del accidente, la boleta u oficio original de devolución con sello y firma del fiscal, la cédula original de quien retira (con el mismo nombre que aparece en la orden), el recibo del garaje y de las citaciones y el inventario de egreso firmado por el recaudador.
- Fallas técnico-mecánicas: cédula, matrícula original vigente (si no la tienes, una denuncia), el recibo de matrícula al día cuando corresponda, el recibo del garaje y el inventario. Y antes de sacarlo tienes que arreglar el defecto.
Si va otra persona en tu lugar, necesita una autorización notariada. La CTE abre entre lunes y viernes, de 08:30 a 17:00. Como las dos fichas son de enero de 2022, verifica los requisitos en el 04 373 1750, extensión 1600.
Guayaquil: lo que está confirmado
No encontramos en gob.ec una ficha de liberación de la ATM equivalente a la de Quito. Lo que la ATM sí publica en atm.gob.ec son los listados de vehículos que entran en procesos de abandono y chatarrización. El de julio de 2026 corresponde a los centros de retención Costa y Daule.
Una nota de Expreso de julio de 2025 recogía que, para reclamar un vehículo, la ATM exigía cédula, matrícula original y el pago de multas, intereses, garaje y matrícula vencida. Es un dato de prensa y no una ficha oficial, así que confírmalo en el 04 259 9555 antes de ir.
Cuándo el vehículo pasa a remate o chatarrización
La resolución EPMTMG-GG-2026-093 de la ATM resume lo que manda la norma nacional (la Disposición General Quinta de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y su reglamento):
- Con más de un año en el centro de retención sin que nadie lo retire, el vehículo se declara en abandono y puede salir a subasta, salvo que esté dentro de un proceso judicial.
- Con más de tres años, la autoridad puede chatarrizarlo sin otro trámite.
La ATM aplicó esa regla en julio de 2026: publicó un listado de 3.043 vehículos retenidos desde hacía más de tres años y dio a sus dueños 10 días para retirarlos antes de declararlos en abandono. Según la misma resolución, esos dueños ya tenían notificado el proceso coactivo para cobrar la tasa de garaje: dejar el carro en el patio no detiene el cobro.
En Quito ocurre lo mismo. En septiembre de 2025 la AMT anunció que chatarrizaría los vehículos retenidos por más de tres años en los centros Bicentenario 1, Bicentenario 2 y Carapungo.
La tarifa diaria del garaje
La CTE aplica la tasa de garaje fijada por la ANT en la Resolución 002-DIR-2021, y la ficha de la AMT trae los mismos valores para las retenciones por el COIP:
| Vehículo | Por día |
|---|---|
| Moto | 1 USD |
| Liviano (hasta 3,5 t) | 3 USD |
| Pesado (3,5 a 12 t) | 9 USD |
| Extrapesado (más de 12 t) | 15 USD |
Haz la cuenta: un liviano que pasa un mes en el patio acumula 90 USD solo de garaje, y uno que pasa un año, 1.095 USD. A eso se suman las multas y la matrícula atrasada.
Lo que más retrasa la salida
- Llegar al patio con los pagos pendientes. Tanto en la AMT como en la CTE, los pasos oficiales ponen primero el pago y después la entrega de documentos.
- Revisar las multas en un solo sistema. La ANT, la AMT y la ATM llevan registros separados: consulta las citaciones nacionales, las de Quito y las de Guayaquil.
- Tener la matrícula vencida. En Quito, si la retención fue por el COIP, te piden la matrícula al día. Para ponerla en regla está la guía de matriculación, y el mes que te corresponde aparece en el calendario.
- Quedarte esperando la orden del juez. Mientras tanto el garaje sigue sumando. Gestiona la boleta de devolución cuanto antes.
Cuando algo se complica
No sabes en qué centro quedó. Llama a la entidad que lo retuvo y ten la placa a mano. En Quito es el 1800 268 268. En Guayaquil, busca la placa en los listados de atm.gob.ec y llama al 04 259 9555.
No te alcanza para pagar todo junto. La CTE permite un convenio de pago por el garaje y las citaciones; cuando vas a retirar, presentas copia del convenio y el comprobante de la cuota inicial. Las multas de la ANT también pueden diferirse, y el procedimiento está en cómo pagar, impugnar o diferir multas.
El vehículo tiene golpes o faltantes. Para eso sirve la revisión del paso 4. El formulario se firma «a conformidad», así que deja anotado cualquier daño antes de firmar.
Dudas que se repiten
¿Me entregan el carro si debo multas?
En Quito, cuando la retención fue por el COIP, no: la AMT exige todas las multas pagadas, de la ANT y de la AMT. En la CTE, las dos fichas empiezan por pagar multas, citaciones y días de retención.
¿El Pico y Placa todavía manda el carro al patio en Quito?
La ordenanza que aprobó el Concejo Metropolitano en diciembre de 2024 lo quitó como causa de retención y dejó la infracción solo con multa.
Fuentes
- gob.ec, Municipio de Quito (AMT): Liberación de automotores de los Centros de Retención Vehicular (CRV), actualizada el 2024/09/02
- gob.ec, Comisión de Tránsito del Ecuador: Devolución de vehículos retenidos por orden judicial, actualizada el 26/01/2022
- gob.ec, Comisión de Tránsito del Ecuador: Devolución de vehículos retenidos por no cumplir normas técnico-mecánicas, actualizada el 26/01/2022
- Código Orgánico Integral Penal, texto con última modificación 2024-04-04: arts. 383 a 386 (pp. 123-124), art. 391 num. 5 (p. 126) y art. 460 nums. 6 y 7 (p. 146)
- ATM Guayaquil: Inicio del proceso de declaratoria de abandono de 3.043 vehículos retenidos (1 de julio de 2026)
- ATM Guayaquil: Resolución No. EPMTMG-GG-2026-093 (cita la Disposición General Quinta de la LOTTTSV y su reglamento)
- Expreso: ATM Guayaquil, qué documentos necesito para reclamar mi vehículo y evitar el remate (10 de julio de 2025)
- Primicias: nuevos horarios de liberación de vehículos en los centros de retención de Quito (16 de enero de 2026)
- Primicias: centros de retención de Quito, carros abandonados y chatarrización (5 de septiembre de 2025)
- Quito Informa: vehículos no serán retenidos por incumplimiento de Pico y Placa